Titular: Propietario de la instalación (persona física o jurídica). Los titulares tienen, por defecto, acceso de lectura al registro de régimen retributivo específico o al registro electrónico de régimen económico de energías renovables.

Empresa representante ERIDE: Persona jurídica en la que el titular delega, en su caso, para realizar los trámites relativos al registro de régimen retributivo específico o al registro electrónico de régimen económico de energías renovables en su nombre. No es obligatorio que las instalaciones cuenten con empresa representante ERIDE. Asimismo, esta empresa representante puede ser diferente al representante que realiza los trámites ante la CNMC a efectos de la liquidación del régimen retributivo específico.

Usuario representante: Persona física a la que se le han otorgado permisos suficientes para realizar, en nombre del titular (bien directamente o bien a través de una empresa representante), los trámites relativos al registro de régimen retributivo específico o al registro electrónico de régimen económico de energías renovables. Pueden estar autenticadas a través de certificado de representante para persona física o de certificado de representante para persona jurídica. Es obligatorio que las instalaciones cuenten con usuario representante. El titular, si así lo desea, puede pasar a ser usuario representante y realizar de esta forma los trámites relativos a dicho registro.