La presente aplicación informática representa el único medio para el cumplimiento de la obligación de envío de información establecida en el apartado 2 del artículo 70 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (https://www.boe.es/eli/es/l/2014/10/15/18/con).

Los sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (comercializadores de energía eléctrica, comercializadores de gas natural, operadores al por mayor de productos petrolíferos y operadores al por mayor de gases licuados del petróleo) deben remitir, antes del 30 de junio de cada año, los datos de ventas de energía final a nivel nacional correspondientes al año anterior.

El contenido de la información a remitir se detalla en la Resolución de 30 de abril de 2015 de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se determina el procedimiento de cumplimentación de la obligación de envío de información por parte de los sujetos obligados del Sistema de Obligaciones de Eficiencia Energética, en lo relativo a sus ventas de energía, de acuerdo con la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (https://www.boe.es/eli/es/res/2015/04/30/(2)), modificada por Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas (https://www.boe.es/eli/es/res/2017/05/25/(5)).

La plataforma estará abierta desde el 1 de enero hasta el 29 de junio para el reporte de los datos de ventas del año anterior.